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ARCA investiga transferencias en bancos y billeteras virtuales que superen este monto en febrero

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ARCA investiga transferencias en bancos y billeteras virtuales que superen este monto en febrero
ARCA investiga transferencias en bancos y billeteras virtuales que superen este monto en febrero

El organismo fiscal modificó en enero los límites para los movimientos de dinero. A partir de ahora, cuáles son los montos por los que piden explicación

04/02/2025 – 16:46hs

La Agencia Nacional de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), ex AFIP, modificó en enero los límites para las transferencias, saldos y consumos que pueden realizar los contribuyentes sin que los bancos y billeteras virtuales informen sobre dichos movimientos.

Durante gran parte del 2024, se mantuvieron las mismas cifras sin modificación, y se utilizaban los valores que había incrementado la ex AFIP en ese entonces. A partir de enero, ARCA volvió a aumentar los montos.

Se trata de un ajuste que la entidad hizo teniendo en cuenta para el mismo la actualización semestral automática basada en las variaciones del IPC.

Superar estos montos puede activar alertas y someter a los usuarios a un análisis más detallado por parte de la ex AFIP, ahora. Por ello, es esencial conocer cuáles son los topes establecidos para evitar inconvenientes y garantizar que nuestras transacciones se realicen dentro del marco legal.

ARCA, ex AFIP, investiga las transferencias en febrero 2025: a partir de qué monto

ARCA confirmó a través de su página web que aumentó los importes a partir de los cuales deben informar las entidades financieras y las billeteras virtuales sobre transacciones, saldos y consumos de sus clientes.

De acuerdo al comunicado de la entidad, se trata de modificaciones que de «la actualización semestral automática basada en las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC) elaborado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), de acuerdo a las modificaciones introducidas por la Resolución General 5512/2024».

Además, sostiene que «los nuevos importes comienzan a regir para las operaciones ocurridas a partir del 1/1/2025«.

Por lo tanto, a partir del 1 de enero de 2025, deben informarse los movimientos si superan montos determinados: consumos, ingresos y egresos por $600.000, ingresos o acreditaciones, depósitos, extracciones y saldos finales por $1.000.000 y transferencias solo para billeteras virtuales por 2.000.000 pesos.

Si bien esto no significa que no se podrán realizar operaciones que superen dichas sumas, sí es la base a partir de la cual ARCA va a estar en alerta, y podrá solicitar a los contribuyentes la documentación que demuestre el origen de los fondos, para estar seguros de que se trata de actividades legítimas y declaradas. 

Simplemente, es un régimen de información que deben cumplir las entidades financieras, billeteras virtuales y plataformas.

A continuación, mostramos en detalle cada monto y a qué corresponde:

$600.000:

  • Total de consumos con tarjetas de débito del país.
  • Ingresos o egresos totales en billeteras virtuales.

$1.000.000:

  • Total de acreditaciones bancarias registradas en el mes.
  • Total de depósitos a plazo constituidos en el mes.
  • Extracciones en efectivo en el país o en el exterior, por ventanilla, cajero automático o cualquier otro medio.
  • Saldo final en cuentas bancarias al último día hábil de cada mes.
  • Saldo final en billeteras virtuales al último día hábil de cada mes.

$2.000.000:

  • Aplicable solo para billeteras virtuales, en caso de transferencias bancarias o virtuales superiores a dicho monto.

ARCA, ex AFIP vigila las transferencias de las billeteras virtuales: cómo evitar problemas

Lo que hasta ahora se conocía como la AFIP, había establecido una serie de pautas que un usuario podía tener en cuenta al tener una billetera virtual para no cometer errores y evitar problemas:

  • No justificar el origen de los fondos: cada usuario debe tener la documentación para poder justificar los gastos, incluso las transferencias entre cuentas propias. De no hacerlo, la ARCA o el banco pueden solicitar una justificación del origen de los fondos.
  • No tener en cuenta el monto máximo sin declarar: si se realizan transferencias por encima del límite establecido sin respaldarlas con ingresos declarados, se deberá informar al fisco. No hacerlo puede atraer investigaciones.
  • Transferir montos que exceden los valores permitidos: aunque muchos bancos ampliaron sus límites, es esencial estar al tanto de los valores permitidos por las entidades para evitar inconvenientes.
  • No responder a las solicitudes del banco o la fintech: si un banco o entidad financiera solicita justificar fondos a través de un correo electrónico, es crucial responder con la documentación adecuada para evitar que se genere un Reporte de Operación Sospechosa (ROS) a la UIF.

Billetera virtual: qué pasa si no puedo justificar la plata ante ARCA (ex AFIP)

Tanto los bancos como las billeteras virtuales están obligados a reportar movimientos sospechosos a la Unidad de Información Financiera (UIF). En caso de recibir grandes sumas de dinero, ARCA (ex AFIP) puede solicitar justificativos del origen de los fondos como.

Entre los documentos comunes utilizados para respaldar el origen de los fondos se incluyen:

  • las facturas de los últimos seis meses,
  • recibos de sueldo,
  • comprobantes de haberes jubilatorios,
  • certificados de ingresos emitidos por contadores públicos, entre otros.

En caso de no poder justificar de dónde provienen dichos fondos, es posible que se rechacen transferencias, se congelen saldos y se bloqueen cuentas. Por otra parte, la ex AFIP puede iniciar una intimación para declarar el origen de los fondos. 

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