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QUE SE VAYAN TODOS DEMOCRÁTICAMENTE

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Por Enrique Franco Zaremba

Durante la crisis político institucional y económico social del año 2001, el clamor del PUEBLO fue uno solo:

¡QUE SE VAYAN TODOS!

A casi 20 años de Gobiernos Constitucionales en el Poder, el pueblo cansado de las malas gestiones y saqueo de sus bienes, intensificaban su protesta.

No se fueron, y permanecieron en sus cargos, sin escuchar al clamor popular volvieron a postularse en las listas electorales del año 2003 continuando hasta la actualidad ( durante 40 años desde 1983 o menos en los casos de sus familiares agregados tras cumplir con la mayoría de edad).

En momentos de insatisfacción y falta de identificación de la sociedad con la dirigencia, como ejemplo el caso claro del año 2003 al superar Menen a Kirchner con el 24 por ciento del electorado) , en mi columna del periódico DEMOCRACIA , había planteado la necesidad de implementar por medio de una LEY ELECTORAL, la OBJECIÓN DE CONCIENCIA.

De esta forma el ciudadano que no se siente representado por ningún candidato electoral, no debe ser obligado a ingresar al cuarto oscuro para emitir un voto que en definitiva será en blanco o anulado, hasta quizás coloque una boleta electoral que elige contra sus principios e ideas tan solo por cumplir con un trámite de carácter obligatorio.
Debe ser marcado como OBJECIÓN DE CONCIENCIA en la planilla del Presidente de Mesa y fiscales a los efectos de evitar un posible fraude, si existiera una boleta con esa inscripción ( y cambiada en el recuento al abrir las urnas).

Actualmente los Partidos Politicos son contrarios al ESPIRITU DE LA DEMOCRACIA por postular a candidatos de otras corrientes de pensamiento, mientras sus afiliados estarían casi y/o totalmente ausentes en las listas electorales.

Los Gobiernos deben hacer la VOLUNTAD DEL PUEBLO en una VERDADERA DEMOCRACIA, para ello se deben implementar las normativas donde pueda materializar cada ciudadano esa expresión genuina que no encuentra entre los postulantes a los cargos electivos ( ya sea por ser estos ineptos o sospechados de corrupción durante sus anteriores gestiones en la función pública).

De esta forma, la sumatoria obtenida por la OBJECION DE CONCIENCIA DE CIUDADANOS, se transformará en un porcentaje que en caso correspondiente al PODER LEGISLATIVO (a nivel nacional, provincial, municipal y Mercosur)no deberá quedar vacante hasta una próxima elección ( y esos candidatos quedarán imposibilitado a postularse nuevamente a cualquier cargo público o lista electoral, como así ser designado en cargo público).
Por lo expuesto, solo asumirán a cargos LEGISLATIVOS, los votos reales conforme a su proporción o porcentaje obtenido.

El criterio deberá aplicarse para el Poder Ejecutivo, de acuerdo a la cantidad de ciudadanos que no votan por OBJECIÓN DE CONCIENCIA, de la siguiente fórmula:

El candidato de la lista con mayor votación deberá superar además del 50 por ciento de los votos reales del escrutinio, la ciudadanía que planteó la OBJECIÓN DE CONCIENCIA debe ser menor al 30 por ciento de los empadronados.

En años anteriores el ciudadano no cumplía con el deber de la Ley de Servicio Militar Obligatorio por medio de la OBJECION DE CONCIENCIA (adquiriendo un derecho de no tomar las armas para servir en las Instituciones que deben garantizar la Defensa de la NACIÓN).

Cuánto más corresponde la obtención del DERECHO CIUDADANO, de plantear la OBJECION DE CONCIENCIA ante quienes se postulan a cargos públicos por la herramienta electoral, y son o se presume su ineptitud y corruptela.

La PATRIA debe ser un ejemplo de transparencia por medio de la ACCION COMPROMETIDA DEL CIUDADANO (genuinamente PUEBLO).