Un fallo judicial rechaza la falta de progresividad para jubilados con mayores haberes al no cobrar bonos
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Un reciente fallo judicial rechaza la fórmula de movilidad jubilatoria establecida durante el gobierno de Alberto Fernández, y hace hincapié en la pérdida de los sueldos más altos, al no recibir bonos compensatorios, como el de $70.000 que hoy siguen recibiendo los jubilados de menores ingresos.
Qué dice el fallo contra la movilidad de Alberto Fernández
El fallo Giménez, Mirta Noemí c/ ANSES, de la Cámara Federal de Mar del Plata, declara la inconstitucionalidad de la Ley 27.609. Esta norma estableció el esquema de movilidad jubilatoria vigente durante el gobierno de Alberto Fernández, indica Martín Guala, del estudio Marval, O’Farrell & Mairal, y expica:
Hay un precedente bastante reciente, de la Cámara Federal de Mendoza, que también declaró inconstitucional esa norma y esquema de movilidad.
Tanto en el precedente de Mendoza, como en el presente fallo, el tribunal realiza una comparación entre el resultado de actualización del haber jubilatorio aplicando la fórmula de movilidad que se impugna, versus el resultado aplicando el IPC del INDEC.
También ha sido parte del análisis en ambos precedentes, el hecho que fue el Poder Ejecutivo el que reconoció mediante el Decreto 274/2024 que la fórmula de movilidad vigente era deficiente, no protegía contra la inflación y generaba pérdida del poder adquisitivo. El fallo Giménez destaca, una pérdida de 50,3%, precisa Guala.
Qué dice el fallo sobre el bono compensatorio
La Cámara Federal de Mar del Plata entendió que la fórmula de la Ley 27.609 no respeta normas constitucionales, ni estándares internacionales de derechos humanos, al punto de sostener que «su aplicación resulta irrazonablemente regresiva», señala Guala.
El fallo destaca la vulneración del principio de progresividad, afectando especialmente a jubilados con haberes más altos que no recibieron bonos compensatorios, y fija las costas a cargo de ANSES.
En suma, se trata de un nuevo precedente que tacha de inconstitucionalidad un esquema de movilidad del haber jubilatorio, que a todas luces ha corrido muy por detrás de la inflación.
Esta sentencia será seguramente apelada por ANSES ante la Corte Suprema de Justicia. Sin anticipar un resultado, por imperio de otros reconocidos precedentes, y con especial hincapié en el recordado fallo «Badaro», parecería poco probable que esta resolución sea revertida, advierte Guala.
Cómo se comportó el bono compensatorio
El bono compensatorio para las jubilaciones más bajas en Argentina surgió como una medida paliativa ante la pérdida de poder adquisitivo que sufrieron los haberes jubilatorios, especialmente los más bajos, debido a diversos factores económicos y cambios en las fórmulas de movilidad previsional.
Si bien ha habido bonos de refuerzo en diferentes momentos, un antecedente importante se remonta a la reforma previsional de 2017. Tras la aprobación de una nueva fórmula de movilidad, el gobierno de entonces implementó un bono compensatorio por única vez para jubilados y beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH) con el objetivo de mitigar el impacto del cambio en el cálculo de los aumentos.
Desde ese entonces, la entrega de bonos compensatorios a jubilados con haberes mínimos o bajos se ha convertido en una herramienta recurrente utilizada por diferentes gobiernos para intentar compensar la insuficiencia de los aumentos otorgados por las fórmulas de movilidad y hacer frente a la inflación. Los principales aspectos son:
- Los bonos no han tenido una periodicidad fija. Se han otorgado de manera esporádica, generalmente ante contextos de alta inflación o como refuerzo ante cambios en las fórmulas de movilidad.
- Los montos de los bonos han variado significativamente dependiendo del contexto económico y las decisiones políticas de cada momento.
- Generalmente, estos bonos se han focalizado en los jubilados y pensionados que perciben los haberes más bajos, buscando priorizar a los sectores más vulnerables.
- Si bien los bonos representan una ayuda económica puntual, han sido objeto de debate en cuanto a su efectividad para resolver de fondo el problema de la pérdida de poder adquisitivo de las jubilaciones. Se argumenta que no sustituyen aumentos adecuados y generan distorsiones en la pirámide previsional.
- En el contexto actual, se observa un congelamiento del monto del bono compensatorio, lo que implica una pérdida de valor real frente a la inflación.
En este momento, el bono compensatorio sigue siendo una herramienta utilizada, aunque su monto y alcance pueden variar. El debate sobre la necesidad de una reforma previsional integral que garantice haberes dignos y una fórmula de movilidad adecuada está sobre la mesa. La Justicia rechaza la falta de progresividad para los haberes más altos.